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    Destituyeron en Corrientes al juez Huberto Camilo De Biase

    Lo decidió, este martes, por mayoría el Jurado de Enjuiciamiento de esa provincia. Además, resolvió la inmediata separación del cargo Humberto Camilo De Biase quien estaba a cargo del Juzgado en lo Civil y Comercial de la localidad de Santo Tomé

    El Jurado de Enjuiciamiento de la provincia de Corrientes resolvió, este martes, por mayoría la destitución del juez en lo Civil y Comercial de Santo Tomé, Humberto Camilo De Biase por mal desempeño en sus funciones.

    El jurado suscribió la Resolución N° 19 y avanzó con la destitución del magistrado, quien automáticamente quedó apartado del cargo.

    La decisión fue por mayoría, ya que la diputada Nora Nazar de Romero Feris, votó por la absolución. El organismo además lo inhabilitó para el ejercicio de la función pública por término de tres meses y determinó que el próximo 22 de octubre, a las 12, se procederá a la lectura de los fundamentos.

    La destitución se produjo una vez que el Jurado presenció los alegatos y réplicas tanto de la Fiscalía General como de la defensa.


    Acusación

    El Fiscal General, César Sotelo, solicitó que el magistrado fuera apartado de su cargo por considerar que se había confirmado a lo largo de la audiencia de debate la calidad de los elementos probatorios de la causa.

    Reiteró que en el año 2009 el doctor De Biase inició 61 demandas contra el Estado Nacional haciendo caso omiso a las normativas que establecían su competencia provincial.

    A ellas les sumó las 4 del 2010 que, según un informe de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, implicaban 17.060 actores.

    Sostuvo que esas causas poseían una naturaleza corporativa y ello quedaba comprobado en el carácter itinerante de los actores, conformando “un impresionante fórum shopping Made in Corrientes, efectivizado con la complicidad del matrimonio Nelson Serial y Josefa Milán”.

    Añadió que De Biase “sabía de antemano que era incompetente y aunque afirme que no obligó al Estado a pagar, está vigente el Pacto de San José de Costa Rica, cuyo artículo 25 establece que las sentencias deben cumplirse”.

    Para finalizar, acusó al ahora ex juez de “estar al servicio de una corporación mafiosa, dictando medidas cautelares que impactaban en la economía nacional, causando un grave daño y utilizando a la justicia para cometer un fraude al fisco”.


    Defensa

    En tanto que el defensor Ernesto González aseguró que se estaba frente a un “ataque político” porque “no había pruebas que acreditaran la acusación”, y expresó que la Fiscalía debía ponderar no las razones políticas por las que obró el doctor De Biase sino las técnicas, como el cumplimiento de los presupuestos de viabilidad de las medidas cautelares.

    En ese sentido, citó jurisprudencia de casos similares en Paraná, Buenos Aires y Tucumán, donde “la justicia se inclinó a favor del justiciable y no del Estado corrupto que no abonaba en blanco determinadas sumas”. También citó jurisprudencia de la Justicia correntina. “La Corte Suprema lo obliga a dictar esas medidas cautelares”, sostuvo, toda vez que están constatados los requisitos de admisibilidad, los cuales indicó eran la urgencia por cuestiones alimentarias.

    Por último, aseguró que no se comprobó la cifra de 17.060 trabajadores beneficiados con las medidas cautelares sino las de 138 a partir de dos causas, y aseguró que se abonó a los rangos inferiores y de menor jerarquía, solicitando la absolución de su defendido por insuficiencia probatoria.

     

     

     

     

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