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    La Cámara Electoral rechazó las inmunidades de los parlamentarios del Mercosur

    El tribunal consideró que las inmunidades son reconocidas por la Constitución a los miembros del Poder Legislativo y aseguró que la cuestión debe interpretarse restrictivamente por lo que no pueden ser ampliadas por ley

    La Cámara Nacional Electoral abordó la cuestión de las inmunidades de los parlamentarios del Mercosur y sostuvo que es un privilegio reconocido por la Constitución Nacional a los miembros del Poder Legislativo, que debe interpretarse restrictivamente por lo que no pueden ser ampliadas por ley.

    Lo hizo al revocar en el día de hoy una resolución de primera instancia que rechazó la acción declarativa de inconstitucionalidad promovida por Gerardo F. Milman contra el artículo 16 de la ley Nº 27.120, que asimila en el derecho interno los parlamentarios del Mercosur a los diputados nacionales.

    Al resolver el Tribunal destacó que lo que se encuentra en discusión en el caso son los atributos de aquellos que han de ser miembros del parlamento del Mercosur.

    En la sentencia de la Cámara, dictada por unanimidad de sus miembros –Santiago H. Corcuera, Alberto R. Dalla Via y Rodolfo E. Munné- se ha entendido que las “inmunidades no son garantías individuales sino inmunidades propias de la función que la Constitución –y no la ley- concedieron de manera restrictiva a los legisladores nacionales y que –conforme el principio constitucional de igualdad (artículo 16)- todos los habitantes son iguales ante la ley, solo cabe reconocer las inmunidades que la Constitución otorga a los integrantes de dicho poder en razón del cargo que desempeñan, no siendo pasibles de una interpretación extensiva”.

    Agregando que “frente al análisis o interpretación de un privilegio, inmunidad o prerrogativa, la regla complementaria de interpretación que debe utilizarse es la ‘restrictiva’, ello así pues debe preservarse el […] derecho a la igualdad consagrado en el artículo 16 de nuestro texto constitucional”.

     

     

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    Últimos fallos
    Acordadas y resoluciones
    • 11/2024 - La Cámara Nacional Electoral RESUELVE: 1°) Disponer que se realicen las tareas de adecuación de los datos pertinentes en el Registro Nacional de Electores, conforme lo indicado en los considerandos de la presente resolución.
    • 2393/2024 - Designar en el cargo de Escribiente Auxiliar (P.A.T.) -Suplente- del Juzgado Federal de Primera Instancia N° 1 de Formosa en reemplazo de Hugo Martín Mariano Quiñonez Allende y mientras dure su licencia largo tratamiento -art 23 del RL-, a Rodrigo Maximil
    • 12/2024 - ACORDARON: Primero: disponer que el Sr. Juez de Cámara Dr. Martín Luciano Poderti permanezca en funciones desde el día 15 al día 19 ambas fechas inclusive y el Sr. Juez de Cámara Dr. Roberto Fernando Minguillón desde el día 18 al 26 ambas fechas inclusi
    • 2097/2024 - SE RESUELVE: I-Dejar sin efecto la suspensión temporaria dispuesta oportunamente por Acuerdo Extraordinario Nº 2026/2023, por incompatibilidad -art. 16 inc.?c? Ley N° 22192- en la Matrícula Federal de Abogados del Dr. José Antonio Orrego, D.N.I.
    • s/n/2024 - RESUELVE: 1°) Designar como magistrado subrogante del Juzgado Federal con competencia electoral de Neuquén, en reemplazo de la doctora María Carolina Pandolfi, al doctor Gustavo Eduardo Villanueva, el 2 de julio del corriente año.- 2°) Póngase en conocim