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El Juzgado Federal nº 3 de Mar del Plata, a cargo del juez Santiago Inchausti, dictó auto de procesamiento respecto de una serie de personas al corroborarse la conformación de una organización criminal de carácter internacional de la que formarían parte varios miembros dedicada a cometer diversas y sucesivas actividades delictivas, como ser el contrabando y comercio de estupefacientes, la introducción y puesta en circulación de moneda extranjera falsa en el exterior del país, actividades en infracción a la ley de drogas en el ámbito local, la tenencia de armas, y lavado de dinero proveniente, precisamente, de las ganancias obtenidas a través del desarrollo de las maniobras antes descriptas. Sin descartar la comisión de otros ilícitos.
El dictado de la resolución alcanzó a la situación de diez personas por los delitos de asociación lícita, figura que concurrió materialmente con el delito de contrabando de estupefacientes agravado por ser destinado al comercio de estupefacientes y por la cantidad de partícipes en grado de tentativa -un hecho–, con el delito de comercio de estupefacientes agravado por la cantidad de partícipes y por valerse de un menor en calidad de coautor, y con el delito de lavado de activos agravado por ser realizado con habitualidad y como miembro de una asociación, todos delitos que concurren de forma real entre sí (arts. 42, 45, 55, 210, segunda parte del CP, 866 en función del art. 864 y 865, inc. 2a” del Código Aduanero, art. 5to, inc. “c” y art. 11, inc. “a” y “c” de la ley 23.737, art. 303, inc. 1º y 2º, “a” todo del CP.
A todos ellos, además, se les dictó un embargo de veinte millones de pesos.
Informe: Juzgado Federal Nº 3 de Mar del Plata