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En el acuerdo del 4 de septiembre de 2018 esta Corte se pronunció en la causa CSJ 32/2009 (45-E)/CS1 ORIGINARIO “Establecimientos Las Marías S.A.C.I.F.A. c/ Misiones, Provincia de s/ acción declarativa”, en relación a la aplicación de la nueva Ley de Honorarios Profesionales de Abogados, Procuradores y Auxiliares de la Justicia Nacional y Federal n° 27.423.
En cuanto al aspecto temporal del nuevo régimen legal los jueces Lorenzetti, Highton de Nolasco, Rosatti y Rosenkrantz concluyeron que no es aplicable a los procesos fenecidos o en trámite, en lo que respecta a la labor desarrollada durante las etapas procesales concluidas durante la vigencia de la ley 21.839 y su modificatoria ley 24.432, o que hubieran tenido principio de ejecución.
El juez Maqueda remitió a sus votos en las causas “Fox”, “Coronel”, “Murguía” y “Municipalidad de la Ciudad de Catamarca” (Fallos: 328:2725 y 329:1066, 1191 y 4755), por lo que concluyó en la aplicación inmediata de las disposiciones de la ley 27.423.-