Lo resolvió la Sala II, integrada por los jueces Martín Irurzun y Leopoldo Bruglia
La Sala II de la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional Federal, integrada por los jueces Martín Irurzun y Leopoldo Bruglia, se expidió en la causa CFP 14119/2015/6//CA2 del Juzgado Federal n° 3, a cargo del juez Daniel Rafecas. Allí, se confirmó el procesamiento de Roberto Mazal y a Fidel O. Chiapperi –jefe de la División Jurídica de la Dirección Regional Centro de la AFIP y máxima autoridad de aquella en la época de los hechos (2013), respectivamente-. Lo propio, con relación a la “reformulación” que ordenó el juez del procesamiento de Germán Bravo, jefe Interino de la Sección Penal Tributaria de la Dirección en cuestión. Todos, por el delito del art. 248 CP, esto es, ordenar o ejecutar directivas contrarias a las leyes.
Concretamente, los camaristas tuvieron por corroborada la hipótesis que, “en el caso, existió un uso abusivo de las facultades otorgadas a la AFIP para desarrollar actividades con el fin de incentivar y motivar una campaña de desprestigio contra la legisladora Elisa M. Carrió”.
Resaltaron que antes en la causa habían encomendado “dirigir la instrucción a determinar la eventual responsabilidad que les pudo haber cabido en los hechos a funcionarios de mayor rango en la AFIP. Lo propio promovió la fiscalía, cuando contestó una vista ordenada por el juez”.
Producto del cumplimiento de esa tarea, el juez procesó a los imputados de mayor jerarquía. Además, dio con nuevos testimonios de agentes de planta permanente. Uno de ellos, citado por la Cámara, indicó sobre los hechos: “Fuimos en las combis de AFIP. Primero fuimos al juzgado a retirar las órdenes y después nos fuimos al lugar. Me acuerdo que estacionamos a dos cuadras para que no vieran que estaba la AFIP siendo que era un campo y estaba como descampado y, cuando llegamos ya estaba en el lugar un medio periodístico: C5N, el único. Me llamó la atención porque por lo general, llegan después. Para ese entonces sabíamos que el caso estaba relacionado con Carrió. No era habitual movilizar toda esa estructura de la AFIP para un caso como el de Urbaland, por lo que era evidente que se trataba de un tema exclusivamente político. Cuando ingresamos, eran tres casas que no tenían nada, el allanamiento dio negativo y me acuerdo de haber llamado a mi marido y decirle que ponga C5N para ver qué salía de los allanamientos de Carrió, pero recién salió a la noche y me acuerdo que decían que había dado resultado positivo, cuando no era así. Todo eso no hizo más que confirmarme que este caso se había “montado” para que se hablara mal de Carrió. Yo en este caso me sentí usada, como que era parte de un circo que se había montado”.
Los jueces destacaron que “Roberto Mazal y Germán Bravo mantuvieron comunicaciones telefónicas reiteradas los días en que se pidió y concretó el allanamiento. Según se verificó, ambos acudieron tanto a sede del juzgado federal de campana como al procedimiento en “Chacras de la Cruz” (fs. 725/34). Su superior, Fidel Chiapperi, estuvo en constante contacto con los agentes que participaron –y con autoridades de mayor rango, por cierto- (fs. 871/3, 1362/3 y 1692) y dio –o transmitió- las órdenes del caso”.
Para terminar, resaltaron: “Es verdad que, amén de ello, sigue observándose la necesidad de avanzar en la cadena de responsabilidades; también lo ha hecho el instructor, que dispuso convocar como sospechoso a Fabián O. Di Risio –quien era Subdirector General de Operaciones Impositivas Metropolitanas de la AFIP- (ver punto VIII), sin perjuicio de otros eventuales partícipes”.
Informe: Sala II de la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional Federal