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    La Corte implementó nuevo sistema de gestión y custodia de archivos

    La Corte de Justicia dispuso que la Oficina de Repositorio de Expedientes del Distrito Judicial del Centro se convierta en Archivo Central del Poder Judicial que estará a su vez integrada por dos áreas, una de Recepción y Conservación y otra de Destrucción. También se convertirán en archivos las oficinas de repositorio de las circunscripciones Orán, Tartagal y Metán.

    La transformación busca mejorar el sistema de gestión y custodia de los archivos judiciales para lo cual la Corte de Justicia dispuso por Acordada 10743 que el Area de Recepción y Conservación dependiente del Archivo Central del Poder Judicial, complementará sus acciones con el Area de Destrucción y con la Secretaría de Informática con la finalidad de incorporar las nuevas tecnologías a la técnica archivística.

    Hay más de un millón de expedientes actualmente en los repositorios judiciales, por lo que al crearse un Area de Destrucción, se dispuso que anualmente se realice un expurgo, es decir la eliminación de aquellos que reúnan las condiciones para ello.

    En esta materia, la Corte de Justicia dispuso en la misma Acordada que anualmente el Director del Archivo Central elevará un informe al Alto Tribunal consignando la documentación y los expedientes en condiciones de ser destruidos. Sobre esta base, la Corte de Justicia se expedirá y ordenará la publicación de la nómina de expedientes a destruir para que quienes hubieran sido parte en los procesos o tuvieran un interés legítimo, soliciten en los siguientes diez días hábiles posteriores, el recupero o la obtención de testimonios o certificados que hicieran a su derecho.

    Una vez transcurrido este plazo, se enviará una copia del listado a la Secretaría de Jurisprudencia de la Corte de Justicia y al Consejo Ejecutivo del Sipada (Sistema Provincial de Administración de Documentación y Archivos), para que se pronuncien sobre la desafectación de la documentación propuesta y eventualmente observen la necesidad de reserva de algún expediente o documentación de interés.

    Una vez finalizados estos pasos, se ordenará la eliminación material de los expedientes y documentos ordenándose la guarda permanente de aquellos sobre los que se hubiera dispuesto su desafectación. Esto se realizará mediante procedimientos que respeten las disposiciones ambientales, determinándose en la oportunidad prevista.

    La misma Acordada 10743 establece que no se podrán destruir expedientes cuyas disposiciones se refieran a derechos reales sobre inmuebles, derechos de familia relacionados con la identidad y capacidad de las personas, causas referidas a la desaparición forzada de personas, sucesiones, quiebras y concursos, además de aquellos de interés jurídico, histórico, político, económico y social, entre otras materias.

    Salta, 14 de octubre de 2010

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