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    Niegan a Mauricio Macri el acceso al contenido de las escuchas de Néstor Leonardo y Sergio Burstein

    La Cámara Federal porteña confirmó la decisión del juez Norberto Oyarbide que había rechazado esa petición. El jefe de Gobierno porteño pretendía contar con ese material para eventualmente utilizarlo como argumento de defensa. Fallo completo

    La Sala I de la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional Federal confirmó el fallo del juez Norberto Oyarbide que había rechazado un pedido del jefe de Gobierno porteño, Mauricio Macri, de acceder al contenido de escuchas telefónicas vinculadas a Néstor Leonardo y Sergio Burstein, en el marco de la causa por las intervenciones telefónicas irregulares.

    En su presentación, los abogados de Macri habían asegurado que se pretendía acceder “a un elemento incorporado al expediente y que eventualmente podría favorecer a su defensa”.

    Para los camaristas Jorge Ballestero, Eduardo Freiler y Eduardo Farah, “la libertad y privacidad de las comunicaciones telefónicas son parte de la garantía (constitucional) de inviolabilidad de la correspondencia… (y) paralelamente se alza el derecho de defensa traducido en la posibilidad de ser oído y contestar la imputación”.

    “En relación a esto último, no puede pasarse por alto que la estabilización de la imputación a través de la confirmatoria del procesamiento dictada por esta Sala transitó por argumentos que dejaron a un lado la pregunta acerca de la existencia de un interés, o no, por parte de M. Macri en tal o cual pinchadura telefónica –como si se tratase de un cliente de la empresa criminal- y se concentraron en su participación en la puesta en marcha de un aparato clandestino de inteligencia”, indicaron.

    “Frente a este panorama se desdibuja, si no la razonabilidad, al menos la actualidad del pedido, por cuanto el contenido de las escuchas que, como dijo el juez a quo, no fue utilizado como prueba de cargo tampoco podría imaginarse hoy como prueba de descargo, dada la línea argumental reproducida ut supra”, señalaron.

    Y agregaron: "Ha dicho reiteradamente la Corte Suprema de Justicia de la Nación que la procedencia de los recursos dependen de la existencia de un agravio actual y no de consideraciones de carácter hipotético o meramente conjetural. Si el contenido de las escuchas ha quedado por fuera de la imputación y no fue explicado, ni se advierte, cómo podría influir en una estrategia de defensa actual dirigida a contestarla, las dudas acerca de cómo procedería otro tribunal que eventualmente fuese llamado a intervenir -según expusiera la defensa ante esta Instancia- es la demostración más cabal del soporte meramente hipotético o conjetural que respalda el pedido".

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    Últimos fallos
    Acordadas y resoluciones
    • 11/2024 - La Cámara Nacional Electoral RESUELVE: 1°) Disponer que se realicen las tareas de adecuación de los datos pertinentes en el Registro Nacional de Electores, conforme lo indicado en los considerandos de la presente resolución.
    • 2393/2024 - Designar en el cargo de Escribiente Auxiliar (P.A.T.) -Suplente- del Juzgado Federal de Primera Instancia N° 1 de Formosa en reemplazo de Hugo Martín Mariano Quiñonez Allende y mientras dure su licencia largo tratamiento -art 23 del RL-, a Rodrigo Maximil
    • 2097/2024 - SE RESUELVE: I-Dejar sin efecto la suspensión temporaria dispuesta oportunamente por Acuerdo Extraordinario Nº 2026/2023, por incompatibilidad -art. 16 inc.?c? Ley N° 22192- en la Matrícula Federal de Abogados del Dr. José Antonio Orrego, D.N.I.
    • 12/2024 - ACORDARON: Primero: disponer que el Sr. Juez de Cámara Dr. Martín Luciano Poderti permanezca en funciones desde el día 15 al día 19 ambas fechas inclusive y el Sr. Juez de Cámara Dr. Roberto Fernando Minguillón desde el día 18 al 26 ambas fechas inclusi
    • s/n/2024 - RESUELVE: 1°) Designar como magistrado subrogante del Juzgado Federal con competencia electoral de Neuquén, en reemplazo de la doctora María Carolina Pandolfi, al doctor Alejandro Cabral, del 8 al 19 de julio del corriente año.- 2°) Póngase en conocimien