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    Fallo dispone que sin autorización no se podrá alterar la situación de la Confitería Richmond

    El juez porteño Fernando Juan Lima hizo lugar a una acción de amparo presentada en agosto de 2011, a fin de proteger su valor histórico y cultural. No podrán realizarse modificaciones en el inmueble sin autorización previa

    El titular del juzgado en lo Contencioso Administrativo y Tributario Nº 11 de la Ciudad, Fernando Juan Lima, hizo lugar el viernes 1 de junio al amparo presentado por María José Lubertino por el cual se pretendía proteger el valor histórico y cultural de la confitería Richmond, situada en la calle Florida 466/468.

    El magistrado resolvió que “no podrá tomarse ninguna medida de enajenación, transferencia, modificación o destrucción (total o parcial) en relación al inmueble donde funcionaba la confitería Richmond sin la autorización expresa y fundada del órgano de aplicación prevista en el artículo 13 de la ley 1227 y del Decreto Nº 312/2006”. La ley 1227 constituye “el marco legal para la investigación, preservación, salvaguarda, protección, restauración, promoción, acrecentamiento y transmisión a las generaciones futuras del Patrimonio Cultural de la Ciudad”.

    Asimismo, la resolución dispuso que la realización de “toda modificación, restauración, enajenación o cualquier cambio de uso y destino” del inmueble, que no sea sometida a la autoridad de aplicación, “será pasible de ser denunciada ante la justicia penal”, dado que la Confitería fue declarada Patrimonio Cultural de la Ciudad y se encuentra incorporada en la lista de bares notables.

    De esta manera, el magistrado resolvió el fondo de la cuestión sin apartarse de lo dispuesto en la medida cautelar confirmada el pasado 2 de marzo por la Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad.

     

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    Últimos fallos
    Acordadas y resoluciones
    • 11/2024 - La Cámara Nacional Electoral RESUELVE: 1°) Disponer que se realicen las tareas de adecuación de los datos pertinentes en el Registro Nacional de Electores, conforme lo indicado en los considerandos de la presente resolución.
    • 2393/2024 - Designar en el cargo de Escribiente Auxiliar (P.A.T.) -Suplente- del Juzgado Federal de Primera Instancia N° 1 de Formosa en reemplazo de Hugo Martín Mariano Quiñonez Allende y mientras dure su licencia largo tratamiento -art 23 del RL-, a Rodrigo Maximil
    • 2097/2024 - SE RESUELVE: I-Dejar sin efecto la suspensión temporaria dispuesta oportunamente por Acuerdo Extraordinario Nº 2026/2023, por incompatibilidad -art. 16 inc.?c? Ley N° 22192- en la Matrícula Federal de Abogados del Dr. José Antonio Orrego, D.N.I.
    • 12/2024 - ACORDARON: Primero: disponer que el Sr. Juez de Cámara Dr. Martín Luciano Poderti permanezca en funciones desde el día 15 al día 19 ambas fechas inclusive y el Sr. Juez de Cámara Dr. Roberto Fernando Minguillón desde el día 18 al 26 ambas fechas inclusi
    • s/n/2024 - RESUELVE: 1°) Designar como magistrado subrogante del Juzgado Federal con competencia electoral de Neuquén, en reemplazo de la doctora María Carolina Pandolfi, al doctor Alejandro Cabral, del 8 al 19 de julio del corriente año.- 2°) Póngase en conocimien