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    Confirmaron un fallo que había denegado el registro de una marca

    Lo dispuso la Cámara Civil y Comercial Federal. Ratificó una resolución que había rechazado el pedido para que cese la oposición de la firma Llao Llao Resorts a la inscripción de “Llao Llao Espíritu del Sur”, destinada a la confección de prendas de vestir

    La Sala II de la Cámara Nacional en lo Civil y Comercial Federal confirmó un fallo que había rechazado la demanda de una empresa para que cese la oposición que realizó la firma Llao Llao Resorts SA al registro por parte de aquella de la marca “Llao Llao. Espíritu del Sur”, en el rubro diseño, confección, producción y comercialización de prendas de vestir.

    En primera instancia, el juez había declarado improcedente el planteo, entendiendo que “el conjunto ‘Llao Llao’ constituye una marca notoria, dada su calidad, intensa utilización y publicidad”, y agregó que dicha circunstancia “justifica de por sí cohibir la existencia de marcas idénticas, aún cuando los productos a distinguir fueren diferentes”.

    Apelada esa decisión, la Cámara rechazó el recurso, confirmado el fallo anterior. Según el camarista Alfredo Gusman (a cuyo voto adhirieron los jueces Santiago Kiernan y Ricardo Guarinoni), para que una marca sea notoria ésta debe ser reconocida más allá de la rama comercial e industrial en la que se encuentra. “Decir ‘Llao Llao es hacer referencia concreta, lisa y llanamente, a un apart hotel situado en San Carlos de Bariloche y no a otra empresa de ninguna especie”, indicó.

    “El hecho de que no compitan en el mismo rubro no descarta que, de admitirse la coexistencia marcaria, eventualmente podría generar confusión al público en cuanto al origen de los atuendos de vestir. A ello añado que no parecería desacertado pensar en la posibilidad de que se genere en los consumidores la convicción de que las prendas identificadas con el signo ‘Llao Llao. Espíritu del Sur’ provienen de la misma firma Llao Llao Resorts S.A.”, agregó.

    Y añadió: “La existencia simultánea de los signos enfrentados originaría una situación de ambigüedad en la identificación de los servicios (confundibilidad indirecta). De modo que a Llao Llao Resorts S.A. le asiste el derecho a tutelar la ‘mot vedette’ o ‘palabra clave’ de su marca. Refuerza dicha solución, el hecho de que el añadido al núcleo (‘Espíritu del Sur’) evoque directamente el lugar donde se encuentra situado el hotel resort, esto es, el sur de la República Argentina”.

     

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    Últimos fallos
    • Expte. N° FPA 002483/2022/TO01/10 - Legajo Nº 10 - IMPUTADO: BARRIOS, JORGE FABIAN s/LEGAJO DE EJECUCION PENAL
    • Expte. N° CPE 001561/2018/TO01/7 - Incidente Nº 7 - QUERELLANTE: AFIP DGA IMPUTADO: RAGUSA, ROMÁN s/INCIDENTE DE PRISION DOMICILIARIA
    • Expte. N° CIV 098929/2011/1/CA003 - Incidente Nº 1 - ACTOR: I. G. C. M. DEMANDADO: G. J. C.A H. s/ALIMENTOS: MODIFICACION
    • Expte. N° CIV 065777/2019/CA001 - ROUYS, JORGE FERNANDO c/ LOPEZ, GISELA ROMINA s/CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
    • Expte. N° CIV 024577/2021/CA002 - DUYHAILO, OSCAR LEONARDO c/ SCAGNA, NICOLAS s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC. TRAN. SIN LESIONES )
    Acordadas y resoluciones
    • 11/2024 - La Cámara Nacional Electoral RESUELVE: 1°) Disponer que se realicen las tareas de adecuación de los datos pertinentes en el Registro Nacional de Electores, conforme lo indicado en los considerandos de la presente resolución.
    • 2393/2024 - Designar en el cargo de Escribiente Auxiliar (P.A.T.) -Suplente- del Juzgado Federal de Primera Instancia N° 1 de Formosa en reemplazo de Hugo Martín Mariano Quiñonez Allende y mientras dure su licencia largo tratamiento -art 23 del RL-, a Rodrigo Maximil
    • 2097/2024 - SE RESUELVE: I-Dejar sin efecto la suspensión temporaria dispuesta oportunamente por Acuerdo Extraordinario Nº 2026/2023, por incompatibilidad -art. 16 inc.?c? Ley N° 22192- en la Matrícula Federal de Abogados del Dr. José Antonio Orrego, D.N.I.
    • 12/2024 - ACORDARON: Primero: disponer que el Sr. Juez de Cámara Dr. Martín Luciano Poderti permanezca en funciones desde el día 15 al día 19 ambas fechas inclusive y el Sr. Juez de Cámara Dr. Roberto Fernando Minguillón desde el día 18 al 26 ambas fechas inclusi
    • s/n/2024 - RESUELVE: 1°) Designar como magistrado subrogante del Juzgado Federal con competencia electoral de Neuquén, en reemplazo de la doctora María Carolina Pandolfi, al doctor Alejandro Cabral, del 8 al 19 de julio del corriente año.- 2°) Póngase en conocimien