X
X
/
    cámara federal de casación penal sala iv cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal régimen de subrogancias cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal tribunal oral en lo penal económico n° 3 cámara federal de casación penal juzgado federal n° 3 de mar del plata cámara nacional de apelaciones en lo criminal y correccional cámara nacional de apelaciones en lo criminal y correccional tribunal oral en lo penal económico narcotráfico
    X
    cámara federal de casación penal sala iv cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal régimen de subrogancias cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal tribunal oral en lo penal económico n° 3 cámara federal de casación penal juzgado federal n° 3 de mar del plata cámara nacional de apelaciones en lo criminal y correccional cámara nacional de apelaciones en lo criminal y correccional tribunal oral en lo penal económico narcotráfico
    X

    Comunicado de Asociación de Magistrados: Independencia y autonomía de jueces y fiscales

    Comunicado Nro. 169/2013



    Independencia y autonomía de Jueces y Fiscales

    Esta Asociación ha sostenido reiteradamente que los jueces no pueden ser sancionados ni removidos por el contenido y sentido de sus sentencias salvo que éstas constituyan delito o grave irregularidad o impliquen ineptitud moral o intelectual que inhabilite para el desempeño del cargo.-

    Ello tiene por finalidad asegurar la independencia de los jueces, fundamento de la vida democrática y republicana en un estado constitucional de derecho, para deliberar con plena libertad al tomar sus decisiones en las causas que se someten a su conocimiento (Fallos 274:415).-

    De la misma manera los magistrados del Ministerio Público Fiscal, como titulares de la acción penal persecutoria, tienen asegurada su autonomía para decidir -según la interpretación que sostengan de las normas constitucionales y legales- los requerimientos que deben formular ante los jueces.-

    Si sobre la base de un análisis fundamentado de los hechos, los elementos de prueba y el derecho aplicable, los fiscales sostienen su actuación, sus investigaciones y sus peticiones ante los jueces, no pueden por ello ser perseguidos o removidos.-

    Es, en este sentido, que esta Asociación reafirma que la inamovilidad de jueces y fiscales es la que garantiza su independencia y autonomía para actuar según su conciencia con apego a la Constitución Nacional y a las leyes, la que sólo puede ser afectada por mal desempeño y no por decisiones propias de su órbita funcional (art. 53, 110 y 120 CN; arts. 1 y 31 Ley 24.946 y 14 y 17 Ley 26.080).-


    Buenos Aires, 10 de diciembre de 2013


    Luis Maria Cabral, presidente                                    

    Carlos O. Giménez Bauer, vicepte. por el MPF

    Gregorio Corach, secretario general

     

     

    14
    Últimos fallos
    Acordadas y resoluciones